lunes, 29 de mayo de 2017

Derecho y literatura: Don Quijote de la Mancha

Escrita por Miguel de Cervantes Saavedra (Cide Hamete Benengeli se refiere a él mismo en la obra), cuya primera parte se publicó en 1605 y la segunda en 1615, tiene una estrecha vinculación con el derecho. Veamos, aunque sea brevemente, cuál es esa relación:

El valor de la novela va más allá de su atractivo universal, ameno y divertido, dado que el tema esencial es la justicia como un valor inherente al ser humano, por el amplio repertorio de conflictos y de cuestiones jurídicas -a las que nos referiremos- y a los valores que contiene: honradez, virtud, esfuerzo, libertad, igualdad y no discriminación.

De manera que, acercarse a esta obra, es una entretenida tarea para tratar de entender los ideales de un Hidalgo que buscaba ordenar el caos del universo humano, en donde la justicia la consideraba como un fin, como un proyecto que siempre a don Quijote le interesó, era lo único que lo movía a actuar.

Vale la pena leer el excelente discurso en el que don Quijote da un valor a las armas para mantener la paz y a las letras para hacer que las leyes se guarden (pp. 274-276).

Concretamente, los aspectos jurídicos podrían agruparse de la siguiente forma:

a. Derechos de la persona. En la obra se defiende el derecho a la vida como una de las cuatro cosas por las cuales se han de tomar las armas (p. 500), así como, la igualdad, pues él pregona que no es un hombre más que otro (p. 129) y le recomienda a Sancho a gobernar la Ínsula de Barataria desde esa dimensión (p. 564). También se exalta el carácter inalienable de la libertad (p. 21, 281 y 485).

b. Monarquía, Estados y República. En dos pasajes se evidencia la concepción absolutista de la Monarquía y al Rey se identifica con la justicia (p. 151 y 545). También se habla sobre la obediencia al Rey, por ejemplo: “no hay otra cosa en la tierra más honrada ni de más provecho que servir a Dios, primeramente, y luego a su rey y señor natural, especialmente en el ejercicio de las armas” (p. 485).

También se relaciona el concepto de soberanía con las posesiones de naturaleza feudal (p. 511) y se señala a la República como una forma distinta de organización política (p. 275 y 500).

c. Gobierno y administración de justicia. Al erigirse Sancho como Gobernador de la Ínsula de Barataria es posible observar algunas ideas sobre el gobierno y la administración de justicia y de la función legislativa, ya que ordenó cosas tan buenas que se nombraron como las constituciones del gran Gobernador Sancho Panza (p. 612).

No sólo la función judicial que cumple Sancho Panza en Barataria agotan las actuaciones judiciales, pues es preciso recordar el episodio de los galeotes a los que don Quijote les dio libertad (p. 151 y ss) o basta referirnos a su primera hazaña como caballero andante, cuando interviene como juez en lo que se refiere al maltrato que Juan Haldudo le daba a su joven pastor Andrés (p. 62).

Resulta muy interesante que se haya hecho uso del arbitraje como procedimiento para acordar una indemnización por los daños que causó don Quijote a las figuras de retablo de maese Pedro (pp. 496 y 497).

d. Derecho penal. En el capítulo de los galeotes se hace referencia expresa a los delitos y sus consecuencias punibles (p. 151 y ss), así como, en ese mismo capítulo se hace alusión a que era posible la tortura para que un reo confesara su delito.

e. Derecho privado. El derecho de propiedad está presente en la obra, pues por ejemplo Sancho Panza le dice a don Quijote que uno vale lo que tiene (p. 567), así como, la obligación de responder por los daños causados por don Quijote a las figuras de maese Pedro a lo que ya nos referimos. También se hace alusión a la responsabilidad penal y civil en el pasaje en que don Quijote obliga a abrir la jaula de los leones (p. 444).

El encuentro de Sancho con la maleta de Cardenio sirve para explicar la diferencia entre res nullius y res derelicta, ya que esa ocupación se realiza luego del abandono voluntario de la res derelicta (p. 159).

f. Derecho de familia y sucesiones. En muchas partes de la obra se habla acerca de la indisolubilidad del matrimonio y del matrimonio sacramental (por ejemplo, entre Dorotea y don Fernando) y de la autoridad de los padres para aprobar el matrimonio de los hijos, muestra de ello se puede ver en las páginas 95, 203 y 456.

También interesa aquí el momento en que don Quijote realiza su testamento, visto que su eficacia jurídica dependía de formalidades preestablecidas. Así, el testamento iniciaba con una invocación inicial de orden religioso, considerandos para salvar el alma del testador, cómo debía ser tratado el cadáver y, por último, las disposiciones patrimoniales (p. 707).

g. Derecho laboral. En la obra se hace alusión a múltiples trabajos y oficios y algunos de ellos los refieren como minusvalorados, tal y como lo expresa don Quijote al hablar de los supuestos encantadores que convirtieron a Dulcinea en campesina (p. 524). También existe referencia al trabajo forzoso en el ya mencionado capítulo de los galeotes, pero también al servicio asalariado en lo que se refiere al trabajo del leonero o en aquellos casos en los que Sancho Panza y don Quijote discutían sobre el pago del escudero sino lograban hacerlo Gobernador de una ínsula (p. 503, 708).

h. Órdenes jurídicos. Quizás a partir de la distinción de los escolásticos entre la ley eterna, ley natural y ley humana, en el Quijote existe una presencia de esos tres órdenes que podrán llamarse ley eterna, ley humana y ley de caballería, a esta última se ceñía don Quijote y en razón de ello se vio obligado a retirarse a su casa por haber perdido un duelo.

Finalmente, vale la pena transcribir los consejos que le dio don Quijote a Sancho Panza cuando lo nombraron Gobernador de la Ínsula de Barataria y que son del siguiente tenor:

Nunca te guíes por la ley del encaje, que suele tener mucha cabida con los ignorantes que presumen de agudos. Hallen en ti más compasión las lágrimas del pobre, pero no más justicia, que las informaciones del rico. Procura descubrir la verdad por entre las promesas y dádivas del rico como por entre los sollozos e importunidades del pobre. Cuando pudiere y debiere tener lugar la equidad, no cargues todo el rigor de la ley al delincuente; que no es mejor la fama del juez riguroso que la del compasivo. Si acaso doblares la vara de la justicia, no sea con el peso de la dádiva, sino con el de la misericordia. Cuando te sucediere juzgar algún pleito de algún tu enemigo, aparta las mientes de tu injuria y ponlos en la verdad del caso. No te ciegue la pasión propia en la causa ajena, que los yerros que en ella hicieres las más veces serán sin remedio, y, si le tuvieren, será a costa de tu crédito y aun de tu hacienda. Si alguna mujer hermosa veniere a pedirte justicia, quita los ojos de sus lágrimas y tus oídos de sus gemidos, y considera de espacio la sustancia de lo que pide, si no quieres que se anegue tu razón en su llanto y tu bondad en sus suspiros. Al que has de castigar con obras no trates mal con palabras, pues le basta al desdichado la pena del suplicio sin la añadidura de las malas razones. Al culpado que cayere debajo de tu juridición considérale hombre miserable, sujeto a las condiciones de la depravada naturaleza nuestra, y en todo cuanto fuere de tu parte, sin hacer agravio a la contraria, muéstratele piadoso y clemente; porque aunque los atributos de Dios todos son iguales, más resplandece y campea, a nuestro ver, el de la misericordia que el de la justicia”.

Para elaborar la presente nota se utilizó la siguiente edición de la obra que reúne las dos partes como un mismo libro y que se puede descargar aquí.

viernes, 12 de mayo de 2017

Derecho y cine: Sully

Esta película, dirigida por Clint Eastwood (2016), narra la historia del amerizaje en el río Hudson (Nueva York) del avión de US Airways, pilotado por Charles “Sully” Sullemberg (Tom Hanks) y la investigación que tuvo lugar posteriormente.

En 2009, poco tiempo después de despegar del aeropuerto LaGuardia, en Nueva York, un avión de US Airways con 155 pasajeros choca con una bandada de aves y pierde ambos motores. Después de unos segundos de conmoción, el piloto, Charles “Sully” Sullemberg, se comunica con la torre de control, desde donde le brindan dos opciones: regresar al aeropuerto de LaGuardia o desviarse hasta un aeropuerto en Nueva Jersey. Sully cree que no tienen tiempo para seguir alguna de esas acciones, por lo que decide algo más radical, aterrizar (o amerizar) en el lugar menos habitado y plano que tiene en las cercanías: el río Hudson. Las probabilidades de amerizar con éxito son escasas, pero Sully lo logra. Ameriza en el Hudson sin pérdidas humanas. Nueva York, todavía con las heridas vivas del 11 de septiembre, celebra a Sully como un héroe.

Sin embargo, la investigación que hace la aerolínea comienza a mostrar posibles lunares en la actuación de Sully. Por una parte, los primeros datos mostraban que uno de los motores del avión había continuado funcionando. Sully y su copiloto sostenían que el avión les indicó lo contrario, la pérdida de ambos motores. Por otra parte, las simulaciones por computadora mostraban que sí había tenido tiempo de aterrizar en alguno de los aeropuertos que le presentaron como opciones. Sully sostenía que las simulaciones computarizadas no tenían en cuenta los factores humanos de la toma de decisiones, por lo que la simulación debía hacerse con pilotos reales.

¿Qué resultados produjo la simulación con pilotos reales? ¿Tendrían tiempo para regresar o era necesario arriesgarse amerizando en el Hudson? Supongamos que se mostraba que los pilotos de la simulación sí tenían tiempo para volver, ¿qué pudiera hacer Sully, o sus abogados, para defender que sus decisiones fueron correctas?

Sully es una buena película. Desde el punto de vista cinematográfico, la película fluye con buen ritmo, lo que la hace entretenida en todo momento. Además, la historia es, evidentemente, muy interesante, y cuenta con las buenas actuaciones de Tom Hanks y Aaron Eckhart. Desde el punto de vista jurídico, las pruebas que se van acumulando contra Sully son un buen ejercicio práctico si nos ponemos en los zapatos de los hipotéticos abogados defensores del piloto, ¿qué podrían decir? ¿Cómo convencer a un juez de que Sully tenía razón?

El tráiler de esa película se puede ver aquí.