lunes, 29 de mayo de 2017

Derecho y literatura: Don Quijote de la Mancha

Escrita por Miguel de Cervantes Saavedra (Cide Hamete Benengeli se refiere a él mismo en la obra), cuya primera parte se publicó en 1605 y la segunda en 1615, tiene una estrecha vinculación con el derecho. Veamos, aunque sea brevemente, cuál es esa relación:

El valor de la novela va más allá de su atractivo universal, ameno y divertido, dado que el tema esencial es la justicia como un valor inherente al ser humano, por el amplio repertorio de conflictos y de cuestiones jurídicas -a las que nos referiremos- y a los valores que contiene: honradez, virtud, esfuerzo, libertad, igualdad y no discriminación.

De manera que, acercarse a esta obra, es una entretenida tarea para tratar de entender los ideales de un Hidalgo que buscaba ordenar el caos del universo humano, en donde la justicia la consideraba como un fin, como un proyecto que siempre a don Quijote le interesó, era lo único que lo movía a actuar.

Vale la pena leer el excelente discurso en el que don Quijote da un valor a las armas para mantener la paz y a las letras para hacer que las leyes se guarden (pp. 274-276).

Concretamente, los aspectos jurídicos podrían agruparse de la siguiente forma:

a. Derechos de la persona. En la obra se defiende el derecho a la vida como una de las cuatro cosas por las cuales se han de tomar las armas (p. 500), así como, la igualdad, pues él pregona que no es un hombre más que otro (p. 129) y le recomienda a Sancho a gobernar la Ínsula de Barataria desde esa dimensión (p. 564). También se exalta el carácter inalienable de la libertad (p. 21, 281 y 485).

b. Monarquía, Estados y República. En dos pasajes se evidencia la concepción absolutista de la Monarquía y al Rey se identifica con la justicia (p. 151 y 545). También se habla sobre la obediencia al Rey, por ejemplo: “no hay otra cosa en la tierra más honrada ni de más provecho que servir a Dios, primeramente, y luego a su rey y señor natural, especialmente en el ejercicio de las armas” (p. 485).

También se relaciona el concepto de soberanía con las posesiones de naturaleza feudal (p. 511) y se señala a la República como una forma distinta de organización política (p. 275 y 500).

c. Gobierno y administración de justicia. Al erigirse Sancho como Gobernador de la Ínsula de Barataria es posible observar algunas ideas sobre el gobierno y la administración de justicia y de la función legislativa, ya que ordenó cosas tan buenas que se nombraron como las constituciones del gran Gobernador Sancho Panza (p. 612).

No sólo la función judicial que cumple Sancho Panza en Barataria agotan las actuaciones judiciales, pues es preciso recordar el episodio de los galeotes a los que don Quijote les dio libertad (p. 151 y ss) o basta referirnos a su primera hazaña como caballero andante, cuando interviene como juez en lo que se refiere al maltrato que Juan Haldudo le daba a su joven pastor Andrés (p. 62).

Resulta muy interesante que se haya hecho uso del arbitraje como procedimiento para acordar una indemnización por los daños que causó don Quijote a las figuras de retablo de maese Pedro (pp. 496 y 497).

d. Derecho penal. En el capítulo de los galeotes se hace referencia expresa a los delitos y sus consecuencias punibles (p. 151 y ss), así como, en ese mismo capítulo se hace alusión a que era posible la tortura para que un reo confesara su delito.

e. Derecho privado. El derecho de propiedad está presente en la obra, pues por ejemplo Sancho Panza le dice a don Quijote que uno vale lo que tiene (p. 567), así como, la obligación de responder por los daños causados por don Quijote a las figuras de maese Pedro a lo que ya nos referimos. También se hace alusión a la responsabilidad penal y civil en el pasaje en que don Quijote obliga a abrir la jaula de los leones (p. 444).

El encuentro de Sancho con la maleta de Cardenio sirve para explicar la diferencia entre res nullius y res derelicta, ya que esa ocupación se realiza luego del abandono voluntario de la res derelicta (p. 159).

f. Derecho de familia y sucesiones. En muchas partes de la obra se habla acerca de la indisolubilidad del matrimonio y del matrimonio sacramental (por ejemplo, entre Dorotea y don Fernando) y de la autoridad de los padres para aprobar el matrimonio de los hijos, muestra de ello se puede ver en las páginas 95, 203 y 456.

También interesa aquí el momento en que don Quijote realiza su testamento, visto que su eficacia jurídica dependía de formalidades preestablecidas. Así, el testamento iniciaba con una invocación inicial de orden religioso, considerandos para salvar el alma del testador, cómo debía ser tratado el cadáver y, por último, las disposiciones patrimoniales (p. 707).

g. Derecho laboral. En la obra se hace alusión a múltiples trabajos y oficios y algunos de ellos los refieren como minusvalorados, tal y como lo expresa don Quijote al hablar de los supuestos encantadores que convirtieron a Dulcinea en campesina (p. 524). También existe referencia al trabajo forzoso en el ya mencionado capítulo de los galeotes, pero también al servicio asalariado en lo que se refiere al trabajo del leonero o en aquellos casos en los que Sancho Panza y don Quijote discutían sobre el pago del escudero sino lograban hacerlo Gobernador de una ínsula (p. 503, 708).

h. Órdenes jurídicos. Quizás a partir de la distinción de los escolásticos entre la ley eterna, ley natural y ley humana, en el Quijote existe una presencia de esos tres órdenes que podrán llamarse ley eterna, ley humana y ley de caballería, a esta última se ceñía don Quijote y en razón de ello se vio obligado a retirarse a su casa por haber perdido un duelo.

Finalmente, vale la pena transcribir los consejos que le dio don Quijote a Sancho Panza cuando lo nombraron Gobernador de la Ínsula de Barataria y que son del siguiente tenor:

“Nunca te guíes por la ley del encaje, que suele tener mucha cabida con los ignorantes que presumen de agudos. Hallen en ti más compasión las lágrimas del pobre, pero no más justicia, que las informaciones del rico. Procura descubrir la verdad por entre las promesas y dádivas del rico como por entre los sollozos e importunidades del pobre. Cuando pudiere y debiere tener lugar la equidad, no cargues todo el rigor de la ley al delincuente; que no es mejor la fama del juez riguroso que la del compasivo. Si acaso doblares la vara de la justicia, no sea con el peso de la dádiva, sino con el de la misericordia. Cuando te sucediere juzgar algún pleito de algún tu enemigo, aparta las mientes de tu injuria y ponlos en la verdad del caso. No te ciegue la pasión propia en la causa ajena, que los yerros que en ella hicieres las más veces serán sin remedio, y, si le tuvieren, será a costa de tu crédito y aun de tu hacienda. Si alguna mujer hermosa veniere a pedirte justicia, quita los ojos de sus lágrimas y tus oídos de sus gemidos, y considera de espacio la sustancia de lo que pide, si no quieres que se anegue tu razón en su llanto y tu bondad en sus suspiros. Al que has de castigar con obras no trates mal con palabras, pues le basta al desdichado la pena del suplicio sin la añadidura de las malas razones. Al culpado que cayere debajo de tu juridición considérale hombre miserable, sujeto a las condiciones de la depravada naturaleza nuestra, y en todo cuanto fuere de tu parte, sin hacer agravio a la contraria, muéstratele piadoso y clemente; porque aunque los atributos de Dios todos son iguales, más resplandece y campea, a nuestro ver, el de la misericordia que el de la justicia”.

Para elaborar la presente nota se utilizó la siguiente edición de la obra que reúne las dos partes como un mismo libro y que se puede descargar aquí.

viernes, 12 de mayo de 2017

Derecho y cine: Sully

Esta película, dirigida por Clint Eastwood (2016), narra la historia del amerizaje en el río Hudson (Nueva York) del avión de US Airways, pilotado por Charles “Sully” Sullemberg (Tom Hanks) y la investigación que tuvo lugar posteriormente.

En 2009, poco tiempo después de despegar del aeropuerto LaGuardia, en Nueva York, un avión de US Airways con 155 pasajeros choca con una bandada de aves y pierde ambos motores. Después de unos segundos de conmoción, el piloto, Charles “Sully” Sullemberg, se comunica con la torre de control, desde donde le brindan dos opciones: regresar al aeropuerto de LaGuardia o desviarse hasta un aeropuerto en Nueva Jersey. Sully cree que no tienen tiempo para seguir alguna de esas acciones, por lo que decide algo más radical, aterrizar (o amerizar) en el lugar menos habitado y plano que tiene en las cercanías: el río Hudson. Las probabilidades de amerizar con éxito son escasas, pero Sully lo logra. Ameriza en el Hudson sin pérdidas humanas. Nueva York, todavía con las heridas vivas del 11 de septiembre, celebra a Sully como un héroe.

Sin embargo, la investigación que hace la aerolínea comienza a mostrar posibles lunares en la actuación de Sully. Por una parte, los primeros datos mostraban que uno de los motores del avión había continuado funcionando. Sully y su copiloto sostenían que el avión les indicó lo contrario, la pérdida de ambos motores. Por otra parte, las simulaciones por computadora mostraban que sí había tenido tiempo de aterrizar en alguno de los aeropuertos que le presentaron como opciones. Sully sostenía que las simulaciones computarizadas no tenían en cuenta los factores humanos de la toma de decisiones, por lo que la simulación debía hacerse con pilotos reales.

¿Qué resultados produjo la simulación con pilotos reales? ¿Tendrían tiempo para regresar o era necesario arriesgarse amerizando en el Hudson? Supongamos que se mostraba que los pilotos de la simulación sí tenían tiempo para volver, ¿qué pudiera hacer Sully, o sus abogados, para defender que sus decisiones fueron correctas?

Sully es una buena película. Desde el punto de vista cinematográfico, la película fluye con buen ritmo, lo que la hace entretenida en todo momento. Además, la historia es, evidentemente, muy interesante, y cuenta con las buenas actuaciones de Tom Hanks y Aaron Eckhart. Desde el punto de vista jurídico, las pruebas que se van acumulando contra Sully son un buen ejercicio práctico si nos ponemos en los zapatos de los hipotéticos abogados defensores del piloto, ¿qué podrían decir? ¿Cómo convencer a un juez de que Sully tenía razón?

El tráiler de esa película se puede ver aquí.

sábado, 29 de abril de 2017

Derecho y series: 13 Reasons why

Es una serie creada por Brian Yorkey (2017) que gira alrededor del suicidio de una adolescente (Hannah Baker), quien antes de terminar con su vida narra -en unas cintas- las razones por las cuáles tomó esa dura decisión. La serie cuenta con trece capítulos y a juzgar por cómo termina es posible que tenga una segunda temporada.

La serie va mostrando el maltrato que Hannah fue sufriendo en high shool por sus compañeros, a la vez de evidenciar lo culpables que se sienten por haber influido en ese lamentable hecho. Las cintas que narran la visión de Hannah sobre lo ocurrido llegan a cada uno de sus maltratadores de mano en mano por pedido de ella.

Es un excelente vehículo para sensibilizar y mostrar los efectos devastadores que el bullying puede tener sobre una persona que se ve sometida al maltrato público, a no recibir un trato igualitario y por carecer de una vida libre de violencia. Aunque se muestra la vida de adolescentes, la serie puede ser vista por cualquier persona.

Recuérdese que el bullying significa intimidación, maltrato físico y/o psicológico al que se ve expuesto una persona y que puede comprender el abuso sexual, insultos, maltrato psicológico, intimidación, chantaje e incluso agresiones físicas y que hoy en día se ha convertido en un fenómeno rechazado por toda la sociedad.

El tráiler de esa serie se puede ver aquí.

jueves, 13 de abril de 2017

Derecho y cine: Blue Jasmine

Es una película del afamado director Woody Allen (2013) que gira alrededor de la historia de una señora llamada Jasmine, en la cual muchas personas se podrán ver reflejadas, pues relata los tiempos de crisis que nos han tocado vivir, luego de que, en el caso en particular, la protagonista haya vivido una vida en abundancia junto con su esposo.

Jasmine es una señora que vivió junto con un hombre corrupto, privilegiado por el sistema y que, sin embargo, cayó en su propia trampa producto de su ambición. A pesar de los abusos y de las actividades ilícitas o ilegales del esposo de Jasmine (Hal), ésta se permitió ignorarlas para de ese modo vivir una vida plena y llena de lujos. Afortunadamente, la cinta muestra que, aunque las personas ignoren valores morales para vivir ricamente, siempre es posible que el brazo de la justicia termine haciendo prevalecer la ley.

Nuevamente Woody Allen desarrolla personajes que se encuentran presos de dilemas morales, doble vida o listones morales, pero que terminan hundiéndose dentro de sus propias miserias sólo con la finalidad de mantener una clase social privilegiada.

En concreto, la historia nos muestra cómo Jasmine, aunque participó y pudo ser responsable en conjunto con su esposo de las ilegalidades cometidas, es capaz de reinventarse (como todo ser humano), reiniciar su vida, aunque en muchos casos ello suponga una crisis existencial que nos puede limitar y que en definitiva estamos en la obligación de superarla.

La película también muestra, aunque no es el foco de la relación que existe en la relación del derecho y la literatura, el contraste entre dos vidas: una llena de éxitos, estabilidad económica y lujos, en contraposición a la aparentemente fracasada de la hermana de Jasmine.

El tráiler de esa película se puede ver aquí.

jueves, 30 de marzo de 2017

Derecho y literatura: Yo acuso

Se trata de un compendio de varias cartas abiertas que el reconocido escritor y periodista francés Émile Zola publicó a partir de 1897 en el diario Le Figaro, luego en el naciente periódico francés L’Aurore (La Aurora) y otras más que publicó ese periodista por sus propios medios.

El objeto de esas cartas es el denominado caso Dreyfus que inició en 1894. Ese caso tiene su origen en la acusación de alta traición que se le formuló a un capitán francés de raza judía por un supuesto telegrama que se remitió a los alemanes sobre el nuevo material de artillería francés. El Capitán Dreyfus fue juzgado por un consejo de guerra y lo condenaron a cumplir cadena perpetua en la Isla del Diablo en la Guayana Francesa.

En las cartas, ese periodista cuestionó todos los elementos relacionados con el proceso y a la opinión pública francesa a la que acusó de antisemita. Principalmente, somete al escarnio público el hecho de que las pruebas con que inculparon al acusado no hayan sido públicas, hasta que se descubre la carta que se remitió a los alemanes en la que no queda duda de que su autor era una persona distinta; el Coronel Picquart y, aunque era su letra, tres expertos declararon que la letra fue imitada por el acusado y condenado Dreyfus.

En virtud de ello, el periodista escribe la célebre carta dirigida al Presidente de la República intitulada J’Accuse en la que pone en entredicho la labor del consejo de guerra francés, de los expertos que acudieron al juicio y al ejército francés, dada la manifiesta inocencia de Dreyfus, quien aún no había sido liberado. Por esa carta publicada en L’Aurore el periodista Zola fue juzgado y condenado, por lo que debió exiliarse, aunque semanas después se confirmó que el documento que se utilizó en el proceso no fue escrito por Dreyfus y, en consecuencia, lo liberaron.

Zola regresó de su exilio en 1899 y aunque el Gobierno renunció a tomar medidas contra él, se sometió a un segundo juicio en el que los tribunales militares lo condenaron, ya que no reconocieron el error judicial que habían cometido.

Aunque este compendio de cartas no esté íntimamente ligado con la relación que existe entre el derecho y la literatura, se recomienda su lectura por el valor que tienen en lo que se refiere a la honorabilidad y a la persecución de la verdad como norte.

Ese libro ya es parte del dominio público y se puede leer aquí.

lunes, 13 de marzo de 2017

Derecho y cine: Big eyes

Es una película dirigida por Tim Burton (2014) en la que se narra la vida de la pintora Margaret Doris Hawkins, quien pintaba los icónicos cuadros de niños con los ojos al doble de su tamaño y que en los 70 se convirtieron en objetos de culto.

La historia comienza con el final del primer matrimonio de la pintora, producto de lo cual se muda a San Francisco con su hija menor. En esa ciudad conoce a quien rápidamente se convertiría en su segundo esposo; el presunto pintor que estudió en Francia: Walter Keane, con quien se casó en 1955 en Hawaii.

De vuelta en San Francisco, Walter Keane comienza la tarea de intentar vender sus cuadros y los de su esposa, pero sólo logra vender los de Margaret y haciéndose pasar por el autor de los cuadros. La habilidad de Walter hace que los cuadros se conviertan en pinturas muy populares y vendidas, aunque siempre defraudando a público, ya que los cuadros los pintaba Margaret y no Walter. No sólo se vendieron cuadros, también se vendieron afiches, calendarios y artículos afines.

Cansada de los engaños y mentiras de su esposo, Margaret se muda a Hawaii con su hija, quien ya conoce toda la verdad. La debilidad de Margaret hace que ella le siga remitiendo durante varios años cuadros a Walter para que él siga enriqueciéndose a costa de ella, hasta que un día en un programa de radio Margaret confiesa la verdad públicamente en 1970.

En virtud de la verdad revelada, Margaret y Walter se ven enfrentados en un tribunal, razón por la cual se comenzó a reconocer a Margaret como la autora de los cuadros y por lo que su exesposo tuvo que indemnizarla por los daños ocasionados.

El tráiler de esa película se puede ver aquí.

domingo, 26 de febrero de 2017

Derecho y literatura: Adiós Miss Venezuela

Se trata de una novela escrita por Francisco Suniaga (2016) que finaliza una trilogía, cuyas antecesoras son La otra isla (2005) y Esta gente (2013). La historia se desarrolla principalmente en la isla de Margarita, aunque el abogado Benítez haya tenido que viajar a Caracas para comenzar con este nuevo caso que discurre en el tiempo actual.

La trama de la novela gira alrededor del suicidio de una ex Miss Venezuela que había sido muy querida por todo el país. María Genoveva Herrera Becher (Beba) había logrado el máximo galardón de la belleza nacional a finales de los años 70 y decidió poner fin a su vida a la edad de 55 años, luego de haber vivido 10 años en la isla producto de haberse separado de su esposo Alfonso Pérez Castillo, un exitoso empresario venezolano en el ramo de los seguros.

Beba provenía de una familia caraqueña muy adinerada, adoraba a su padre, quien falleció tempranamente e ingresó al concurso por la presión de su madre; una señora adoradora del teatro y que convenció a su hija a competir por la corona para reflejar en ella lo que no pudo hacer en vida. Durante su mandato, Beba no quiso entrar en contacto con las obligaciones superficiales que imponían haber sido Miss Venezuela, prefirió dedicarse a las obras sociales de manera genuina, de allí que la gente la quería tanto. Se puede decir que fue la primera Miss que comenzó una larga era que identificó al país internacionalmente con la belleza y que dura hasta nuestros días, cuyo suicidio representa -quizás- el final de todo lo hermoso que quedaba en nuestro país.

Decidió poner fin a su vida en su lugar favorito de la Isla, disparándose en el pecho. El único testigo del hecho fue un pescador (Toribio Jiménez), quien a la postre sería apresado por haberlo considerado el asesino de la Miss, ya que robó las pertenencias de la fallecida, entre ellas, el arma. El jefe de la policía en Margarita siempre manejó (y nunca descartó) la hipótesis de que se trataba de un asesinato y, no obstante ello, defendió los planes de seguridad para aplacar los altos índices delictivos en la Isla.

Desde el primer momento Alfonso Pérez Castillo supo que se trataba de un suicidio debido a que Beba dejó una nota en la que pedía que nadie se sintiera culpable por su decisión, pero que nunca revelaron a la policía y por eso apresaron al pescador. En virtud de ello, el viudo contactó al reconocido Despacho de Abogados en Caracas (White, Palacios & Mendoza) con quienes trabajaba todo lo relacionado con su compañía para que dieran con la causa que llevó a Beba a quitarse la vida. WPM recomendó para llevar a cabo esta investigación al abogado Benítez, quien formó parte de ese Despacho, pero que debido a su personalidad preocupada y deferente con sus clientes hizo que no pudiera seguir en el Despacho y siguiera su carrera en su Margarita natal.

Lo paradójico del caso es que el suicidio sucedió semanas antes de que se celebrara el Miss Venezuela en la Isla. Un certamen que representa un éxito empresarial enorme como marca internacional y que año a año se ha venido disminuyendo, pero que en esa edición se quería relanzar como el inicio de una nueva era del concurso que ya no se llevaría a cabo en el país, quizás haciendo alusión a una Venezuela saudita que se nos escapa de las manos y de empresarios cansados de bregar con la realidad.

Benítez en sus investigaciones se entrevistó con varias personas, entre ellas, una ex Miss que antes que Beba intentó suicidarse junto con su novio en un pacto de amor, pero que afortunadamente no acabó con su vida. También interrogó al acusado del supuesto crimen, quien lejos de ser un asesino, fue la persona que intentó que Beba dejara la vida de la manera más decorosa posible. Benítez conversaba con respecto al caso con su gran amigo Pedro Boadas, un psiquiatra que solo lo ayudó a concluir que es prácticamente imposible conocer por qué tomó esa decisión.

A pesar de la muerte de Beba, el Miss Venezuela se llevó a cabo con un sentido homenaje para la ex reina y que a pocos minutos de haber comenzado había alcanzado un nuevo récord de raiting. A la mitad sería saboteado por el Colectivo Mujeres Socialistas Bolivarianas Manuela Sáenz, quienes de manera arbitraria -en cadena nacional- decidieron celebrar el Señorita Venezuela Socialista con una representación de mujeres que demostraban la belleza de la venezolana alejado de los cánones impuestos por el imperialismo, esto es, que por vía de fuerza impusieron su visión sobre esta parcela de la realidad, lo que a la postre reafirmaría la decisión de que el concurso ya no se celebre más en nuestro país.

Lo valioso de la novela va más allá de su impecable narrativa e interesante historia, es una constante invitación a la reflexión de la situación actual del país, en donde se nos muestra que el mejor momento de Venezuela fue el menos reconocido en términos de este concurso y que durante el transitar hacia este ocaso se invierte la relación; hemos ganado incluso dos Miss universos consecutivos cuando peor hemos estado como país. El autor nos muestra una Venezuela que se nos escapa y que hoy en día parece un país que quiso, pero que no pudo.

domingo, 12 de febrero de 2017

Derecho y cine: The inner circle

Es una película rusa basada en hechos reales, dirigida por Andrei Konchalovsky (1991). Se trata de una historia narrada en la Rusia de Stalin, entre 1939 y 1953 (año de la muerte de Joseph Stalin).

La trama de la película tiene como personaje principal a Ivan Sanchin, quien está casado con Anastasia. Ivan Sanchin tiene por ocupación ser proyeccionista de películas, por lo que es requerido para trabajar directamente en el Kremlin. Por su capacidad y destreza termina siendo el proyeccionista de Stalin y de su círculo íntimo, cuestión que lo contenta mucho por la veneración que tenía por el Presidente ruso.

En la película se muestran los lujos que disfrutaban las personas allegadas al Gobierno, en contraste con la pobreza general de los rusos, así como también se señala cómo quienes trabajaban para el Gobierno vivían un poco mejor que la mayoría, tal es el caso de Sanchin cuando comienza a trabajar en el Kremlin. Además se muestra cómo los ciudadanos se tenían miedo entre sí debido a que cualquiera podría ser delatado ante los servicios de inteligencia por su par. Es debido a esas delaciones que sus vecinos son privados de libertad y la hija de éstos tiene que forzosamente ir a un orfanatorio a la que Anastasia visita y pretende adoptar, lo que fue imposible, ya que Sanchin, su esposo, no quería “molestar” a los agentes del Gobierno.

Debido al acercamiento de las tropas alemanas a Moscú en 1941 Sanchin y Anastasia son llevados en un tren a una ciudad en la que estarían a salvo. En ese tren Anastasia comienza una relación con Beria, el encargado de la seguridad estatal, debido a esto a Sanchin lo devuelven a Moscú. Luego de transcurridos unos meses Anastasia regresa embarazada y pocos días después se suicida.

En 1953 Sanchin y la hija de los vecinos que Anastasia quería adoptar (Katya) se reencuentran y aunque éste desea ayudar a la ya adolescente hija de sus vecinos, no fue posible, ya que ella lo rechazó para emprender su propio camino. En ese mismo año, luego de la muerte de Stalin y a la espera de que Sanchin pueda ver sus restos, se encuentra con Katya con quien parece que va a comenzar una relación, aunque la película no lo muestra ya que tiene un final abierto.

Esta obra cinematográfica sirve como vehículo para evidenciar cómo en esos tipos de regímenes sólo la clase dominante vive con lujos, mientras que el resto de la población no puede. También sirve para ilustrar lo grave que significa la vigilancia vecinal con la que pueden castigar a los ciudadanos sin las garantías mínimas del debido proceso y del derecho a la defensa.

El tráiler de esa película se puede ver aquí.

miércoles, 25 de enero de 2017

Derecho y literatura: El proceso

La relación entre el derecho y la literatura puede ser entendida en tres sentidos, a saber: (i) el derecho como literatura, que es la posibilidad de interpretar literariamente la ciencia jurídica a través de los principios establecidos en la Constitución y la jurisprudencia creadora de derecho; (ii) el derecho de la literatura, que estudia el alcance de la censura y del derecho de propiedad sobre las creaciones literarias; y (iii) el derecho en la literatura, en el que se analiza la experiencia jurídica contemplada en historias ficticias narradas en ese medio artístico, lo que permite lograr una mejor formación de la cultura y de la comunidad jurídica. Es a partir de esta última relación que se escriben las siguientes líneas.

De manera muy concreta se puede decir -siguiendo a Zolezzi- que la vinculación entre el derecho y la literatura y su importancia como herramienta válida para la enseñanza surge de las siguientes notas: (i) la literatura enseña al estudiante la habilidad para escribir y hablar bien, les otorga la habilidad para formarse en un ambiente discursivo útil para quien quiere ser abogado, para seleccionar lo que es relevante; (ii) permite desarrollar habilidades para llevar a cabo una buena retórica y narración, ya que será la narración mejor elaborada, más articulada, mejor apoyada en la prueba de cómo ocurrieron presumiblemente los hechos, la que termine convenciendo al juez; (iii) la literatura ayuda a acercar al conocimiento de la psiquis humana que no forma parte del lenguaje formalizado del derecho; (iv) el movimiento de derecho y literatura pone a disposición de los juristas métodos de interpretación; (v) a través de la experiencia de otro, el futuro abogado podrá familiarizarse con las complejidades del ser humano y las características de la cultura en la que le toca vivir; y (vi) también a través de esa experiencia, la literatura puede ayudar a entender la cultura jurídica del medio en el que nos toca actuar.

Particularmente, la literatura permite enseñar derecho de manera complementaria y alternativa a través del uso de la imaginación utilizando ejemplos que sirvan para ilustrar, sensibilizar y hasta para crear empatía con aspectos relacionados con esta ciencia. Lo anterior se podrá evidenciar en este breve análisis, ya que en esta oportunidad queremos referirnos a la obra inacabada El proceso, de Franz Kafka para reflexionar acerca de la utilización de la justicia con un objeto distinto a su fin.

La novela tiene como personaje principal a Josef K., quien trabaja en una posición privilegiada en un banco. Josef en una mañana fue arrestado por un motivo desconocido, a partir de lo cual se ve encerrado en una pesadilla que lo lleva a contactar a abogados y personas íntimamente relacionadas con el tribunal de la causa para que utilicen sus influencias a su favor y así, de alguna forma, intentar defenderse de la justicia y la ley que nadie parece conocer cómo funciona de manera concreta. El proceso judicial no sólo no era público, sino que además era secreto para Josef, por lo que era fundamental conocer personas relacionadas con los funcionarios judiciales para obtener una decisión favorable.

En virtud de lo anterior, a Josef se le recomendó que contactara a un pintor próximo a los funcionarios del tribunal (pintaba retratos de los jueces) para que lo ayudara con su proceso. Conversando con él se enteró que sólo existían tres tipos de absolución: la absolución real, que no podía lograr el pintor con su intermediación, tales decisiones son conocidas como una leyenda porque nadie se ha beneficiado de ellas, ya que son dictadas por el Tribunal Supremo que es inalcanzable para todos; la absolución aparente, en la que no se producen más modificaciones de las actas, se trasladan de unos tribunales a otros y desde el exterior pareciera que todo se ha olvidado, que el expediente se ha perdido, pero si un juez lo encontrase ordenaría la detención inmediata del acusado; y la prórroga indefinida, mediante la cual se mantiene de un modo duradero el proceso en una fase preliminar, regularmente hay que visitar al tribunal y mantener contento al juez, de ese modo el juicio no pasaría de su primera fase. En los últimos dos casos se impide que se condene al acusado, pero también imposibilitan lograr la absolución real.

Esa historia de Kafka no se sabe cómo termina, aunque hubiese sido interesante saber qué pasaba con Josef K. Lo que sí es que tenemos que agradecer al amigo de Kafka, Max Brod por haber publicado esa obra luego de su muerte, desatendiendo el pedido del autor de que se quemaran sus escritos.

miércoles, 11 de enero de 2017

Derecho y cine

Proponemos que hoy en día la formación del abogado se realice utilizando otros medios adicionales, alternativos y complementarios al derecho positivo y a los textos jurídicos mediante la utilización de conceptos y situaciones familiares que consigan la motivación del alumno para un aprendizaje significativo. La idea es captar el interés de éstos a partir de situaciones cotidianas y atractivas relacionadas con la ciencia del derecho que obliguen a su análisis. La mayoría de los autores que plantean esta herramienta pedagógica interdisciplinaria proponen la enseñanza del derecho a través de la literatura y el cine, pero en esta oportunidad sólo queremos referirnos a la relación que existe entre el derecho y el cine.

Queremos aclarar de una vez que no queremos referirnos a la relación más evidente que existe entre el derecho y el cine que sería aquella relacionada con el derecho positivo del cine (cómo el derecho lo regula), sino a cómo el cine muestra narraciones e historias con contenido jurídico.

Se habla de derecho y cine y no a la inversa porque se quiere destacar cuál es el objeto de estudio en primer lugar y su vehículo en segundo término, de manera que se quiere recalcar que para los efectos de la enseñanza del derecho el cine está al servicio de esta ciencia.

Si bien es cierto que no existe una categoría de cine jurídico como etiqueta utilizada convencionalmente, no por ello el fenómeno jurídico está exento en las narraciones cinematográficas, pues hasta cierto punto es habitual que los temas propios del derecho formen parte de las tramas cinematográficas.

Utilizar el cine como recurso didáctico es relevante porque sirve para despertar el interés del alumno por un aspecto jurídico determinado, además ayuda a ilustrar un problema relacionado con esta ciencia para que reflexione sobre estos temas que se le presentan no como teorías, sino como vivencias que surgen dentro de una historia ficticia y que lo aproximan un poco a entender cuál es la vinculación real entre el derecho y la vida cotidiana (importancia didáctica).

Es relevante aprender a través de esas narraciones (aunque fantasiosas) por una razón que no es baladí: ver como resulta en algunos casos la vivencia humana que se observa es un modo de entendimiento acerca de esas experiencias que son ajenas -en principio- y que pueden invitar a abogar a modificar lo que sea atinente al derecho (con intervención de la ley) si consideramos que es injusta o contraria a la condición humana.

En definitiva, la utilización de estas herramientas pedagógicas (literatura y cine) basadas en narraciones de cómo se relaciona el derecho con una parcialidad de la realidad ayudan a que el abogado esté mejor preparado para su ejercicio, pues como dijo en la película Amistad el ex presidente norteamericano John Quincy Adams: Cuando ejercía la abogacía hace muchos años, tras muchas pruebas y errores descubrí que en el Juzgado gana el que cuenta la mejor historia.

Dicho lo anterior, a continuación, nos atrevemos a recomendar algunas (de las muchas) películas que sirven para enseñar derecho a través del cine:

1.- Anatomía de un asesinato (1959) - Otto Preminger
2.- El círculo del poder (1991) - Andreï Kontchalovski
3.- Sostiene Pereira (1996) - Roberto Faenza
4.- 12 hombres en pugna (1997) - William Friedkin (remake)
5.- Legítima defensa (1997) - Francis Ford Coppola
6.- Amistad (1997) - Steven Spielberg
7.- Acción civil (1998) - Steven Zaillian
8.- La vida de los otros (2006) - Florian Henckel von Donnersmarck
9.- El lector (2008) - Stephen Daldry
10.- No conoces a Jack (2010) - Barry Levinson
11.- Azul y no tan rosa (2012) - Miguel Ferrari
12.- Ojos grandes (2014) - Tim Burton